Estimado Cliente:
Con la finalidad de llevar adelante las actuaciones judiciales referidas a la Quiebra de la empresa Márquez y Asociados, hemos diseñado este tutorial para la carga de la documentación necesaria para abordar cada caso, mantener a los damnificados actualizados sobre los movimientos de la causa y sobre todo mantener una vía de comunicación ágil con los mismos.
Detalles del caso: descargue la sentencia completa desde aquí.
Disclaimer:
Estudio Pérez Carretta, no garantiza el resultado favorable por las tareas realizadas, tampoco promete recuperar sumas dinerarias determinadas o indeterminadas, y en ningún caso compromete el cobro de honorarios por las gestiones realizadas durante el proceso al éxito o fracaso de la causa. El Cliente que acepta nuestro acompañamiento y asesoramiento legal, y asume la totalidad de los riesgos derivados de las actuaciones propias de todo proceso judicial. El Cliente se obliga a mantener la confidencialidad con Estudio Pérez Carretta y a no revelar a terceros ningún tipo de información relacionada con su caso.
Guía para el Asesoramiento Legal provisto por Estudio Pérez Carretta:
En primer lugar, para poder asesorar y mantener una vía específica de comunicación con nuestros Clientes, deberán cumplimentar los siguientes pasos:
1) Registrarse en el sistema de administración de causas y soporte legal de nuestra página web, para ello deberá acceder a https://estudioperezcarretta.com.ar/soporte. Complete el formulario de registro, guarde o anote sus credenciales para ingresar al sistema y no las comparta con nadie.
Luego de registrarse (desde el borde superior derecho) inicie sesión en nuestra web. En caso de no haberlo hecho antes, acepte Las Políticas de Privacidad. Hecho esto, ya podrá abrir un “ticket” (consulta) desde:
Ejemplo:
2) Apertura de ticket de soporte legal y Carga de documentación: una vez ingresado (loggeado) en nuestra web, abra un “ticket” (consulta) haciendo click "nviar un ticket" y luego en la categoría que corresponda. Para el Caso Márquez, se encuentra un botón específico.
Completar por única vez todos los campos del formulario para abrir su “ticket de soporte legal”. Lea atentamente los campos y cargue la documentación archivo por archivo o vuelque todos los documentos que hacen a su caso en el cuadro de carga, recién al final cuando tenga todo listo, hacer clic en “Enviar Ticket”.
En campo “Asunto” escriba = su nombre completo + “c Márquez”
Ej: Juan Pérez c Márquez
En campo “Mensaje”, escriba detalladamente su consulta, o todo lo que crea conveniente sobre su caso, Ej: fecha de inicio de contratación, referencia a la documentación que cargó, datos personales de los intervinientes, relato de los hechos, servicios que adquirió, referencia a fotografías, etc.
En el campo “Adjuntos”, cargue toda la documental, luego acepte los términos y finalmente clic en “Enviar ticket”.
Ahora toda la documentación e información proporcionada será analizada y estudiada para avanzar en el proceso o con su consulta
Documentos que deben cargarse al abrir el Ticket para presentarse a verificar en la Quiebra:
- DNI frente y dorso
- Contrato de realización de obra
- Documentos que habilitan el inicio de obra
- Documentos relacionados con la dirección técnica y construcción de la obra, de arquitecto y constructor
- Factura/recibos/comprobantes de transferencias de honorarios, pago de cuotas, materiales, fletes, etc.
- Acuerdo de Honorarios que el accionante firma con Estudio Pérez Carretta. El mismo se deberá descargar desde acá y completar con sus datos (preferentemente desde una PC). Luego deberá imprimirlo y firmarlo de forma manuscrita. Finalmente, colocar el acuerdo impreso, completo y firmado, con el DNI al lado de la firma y bajarlo a una foto o escanear todo para agregarlo a los demás documentos del Ticket abierto. *Tenga en cuenta que comparecer en el proceso genera gastos de tasa de justicia, caja de abogados y aporte colegial. Estos ítems no forman parte ni integran el acuerdo de honorarios.
- Poder especial o amplio: para el caso de que Ud. se encuentre fuera de la provincia de Córdoba, descargue el modelo de Poder Amplio desde acá, complételo con sus datos y luego hágalo certificar (su firma) por su escribano de confianza, finalmente deberá enviarlo por correo al domicilio del estudio. De esa forma el Estudio asume la representación en el proceso. Si Ud. se encuentra en Córdoba, oportunamente se firmará un Poder Apud Acta, en barandilla del juzgado interviniente al momento de realizar la presentación con el pedido de verificación de su crédito.
- Denuncia policial: si aún no hizo la denuncia policial, ingrese aquí para hacerlo y luego incorpore el documento al Ticket antes de enviar todo. *Antes de enviar el formulario online que Ud. completa desde la web del Ministerio Público Fiscal, puede imprimirlo como PDF desde su navegador: vaya a imprimir, y en la ventana que se abre selecciones “como archivo PDF”, eso le permite descargar el formulario que completó en formato PDF antes de enviarlo y agregarlo al Ticket. Si ya hizo la denuncia, cargue una imagen o foto de la misma al Ticket abierto junto con el resto de la documental.
Vias de contacto
Whatsapp Jurídico: 3515205927 / 3512280578
Whatsapp Contable y Seguros: 3513090767
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Dirección: San Jerónimo 270 - Oficina 13
Córdoba, Argentina. Ver ubicación.
**Este Guía/tutorial, plan de trabajo, la documentación anexa, y enlaces a esta web son propiedad de Estudio Pérez Carretta. Prohibida su reproducción por cualquier medio. Documento protegido con licencia SafeCreative.
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Trabajador Independiente con Colaboradores
Mediante Boletín Oficial del 8 de julio del 2024 y por Decreto 592/2024, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27742, titulada 'Ley de Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos'. Dicha ley de bases creó al “trabajador independiente con colaboradores”.
Características del Régimen:
- El trabajador independiente podrá contar con hasta otros 3 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo Nacional. Cabe aclara que si tiene más de un emprendimiento en marcha, no puede exceder el total de tres colaboradores.
- La relación entre el trabajador y sus colaboradores será autónoma.
- No existirá vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras.
- Se prevé el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al régimen previsional, al régimen nacional de obras sociales y sistema nacional del seguro de salud y al régimen de riesgos del trabajo.
- Será de aplicación específicamente cuando la relación sea independiente entre las partes; es decir, en las que se encuentre ausente alguna de las notas típicas de la relación laboral que son la dependencia técnica, la jurídica o la económica. Todo ello de acuerdo al tipo de actividad, oficio o profesión que corresponda.
- Podrá ser trabajador independiente toda persona humana que cuente con registración activa en el régimen Autónomo o Monotributo.
- No hay actividades excluidas
- Los trabajadores independientes y los colaboradores independientes podrán rescindir, en cualquier momento, el vínculo de colaboración. No hay tiempo de permanencia antes de solicitarlo.
Registro de los colaboradores:
- El registro de los colaboradores se efectuará en el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC) en ARCA ingresando con clave fiscal
- A fin de empadronar la relación en el “PADIC”, los trabajadores independientes deberán ingresar a dicho servicio -disponible en el sitio “web” institucional, con “Clave Fiscal” habilitada (Nivel de Seguridad 3 como mínimo), desde la opción “Agregar emprendimientos” de la pantalla inicial.
-
Los trabajadores colaboradores tendrán un plazo de SETENTA Y DOS (72) horas, contado a partir de la recepción de la notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico, a fin de ingresar en el “PADIC” y confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo a través de la opción opción “Aceptar o Rechazar”.
-
Vencido el plazo que tienen los trabajadores colaboradores para aceptar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo serán dados de baja de la registración en el “PADIC” por el emprendimiento productivo en cuestión.
-
También pueden inscribirse en el PADIC aquelllas personas que estén trabajando en relación de dependencia. Para ello es necesario contar con registración activa en el régimen Autónomo o de Monotributo.
- Para poder empadronar la relación, es necesario contar con los siguientes datos:
-
1) Nombre de fantasía del emprendimiento.
2) Fecha de inicio del emprendimiento.
3) Fecha de finalización, de corresponder.
4) Domicilio de desarrollo de la actividad, de corresponder.
5) Actividad.
6) CUIT de los colaboradores independientes.
Ante cualquier duda consulte con un profesional.
FUENTES: Documento ERREPAR; ARCA- Consultas frecuentes
La recategorización es un proceso más simple y menos doloroso de lo que se cree, acá van los hitos y verdades que tenés que tener en cuenta:
¿Es obligatoria?
Sí, para todos los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado o Monotributo.
¿Cuándo debe hacerse?
En Enero y Agosto. La primera recategorización del 2025 empezó el 16 de enero vence el 5 de Febrero del 2025.
¿Quién lo debe hacer?
Cada contribuyente, solo o con ayuda de su contador/a.
¿Qué pasa si no lo hago?
En caso de mantener la categoría, no sucede nada, pero en caso de que corresponda cambiar de categoría, AFIP te recategorizará de oficio. Por el momento no implica sanción pero puede traerte algunas consecuencias que te limiten algún beneficio.
¿Como sé en qué categoría estoy y a cuál paso?
Si no recordás tu categoría podes consultarla en tu constancia de cuit a través de este link: Constancia de CUIT
Para saber cuál categoría te corresponde podes chequear tus ingresos anuales del 2024, en el mismo portal del MONOTRIBUTO cuando hagas el PASO A PASO para recategorizarte y verificar a qué categoría de la TABLA DEL MONOTRIBUTO 2025 corresponde.
¿Qué pasa si no cambio de categoría?
Nada, no corresponde recategorizar
¿Desde cuándo se paga la nueva categoría?
Desde Febrero 2025
Cualquier duda contactános!
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HERRAMIENTAS PARA EMPRENDEDORES- AÑO 2025
¡¡Así arrancamos el 2025!!
Te compartimos algunas herramientas útiles para la gestión diaria de tu emprendimiento:
- Planilla para llevar tus finanzas, registrar ingresos, egresos, stock y más!
- Instructivo para hacer facturas
- Datos importantes para formalización
Ingresa aquí para descargar la cajita de herramientas 2025: HERRAMIENTAS PARA EMPRENDEDORES
Si necesitás algo más, no dudes en contactarme!
El ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del IPC.
Publicado: 02/01/2025
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.
Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.
- La nueva IA de Microsoft puede simular la voz de cualquier persona con 3 segundos de audio
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- Los fraudes más comunes en redes sociales y las trampas para los perfiles más atacados
- Formulario de Contacto
- Programa de Recuperación Productiva (Repro 2) para MONOTRIBUTISTAS
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