Un mail falso llevó a que dos efectivos entregaran sus usuarios y contraseñas. La red de cuentas fantasma y la pista del misterioso “[S]”, el mayor pirata informático de la Argentina
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En julio de este año, más de 700 gigabytes de información sensible de los servidores de la Policía Federal Argentina fueron robados y lanzados a la Deep Web por un hacker o un grupo de hackers. Al poco tiempo ingresaban por la fuerza a la cuenta de Twitter de la Prefectura Naval para anunciar unas nuevas invasiones inglesas que no existían. Infobae descargó los datos de la Deep Web y analizó cientos de carpetas. Algunas contenían cosas graves, horas de escuchas telefónicas, la información personal de efectivos de la Superintendencia de Drogas Peligrosas, sus teléfonos celulares y los nombres de sus hijas e hijos, listas de autos de civil para tareas encubiertas con modelos y patentes, datos que le serían de interés a cualquier narco. Había hasta memes, la imagen del camarógrafo borracho de Los Simpson con la cara de Patricia Bullrich.
El juego provocador en las redes sociales seguía en paralelo: el hacker hasta difundió una foto privada de la ministra Bullrich, tomada por la webcam de una notebook, creó un grupo en Telegram para difundir sus chicanas y partes de guerra. Mientras tanto, cerca de la ministra relativizaban el tema, decían que la foto era vieja y que ya se conocía, nada nuevo.
El objetivo del ataque parecía obvio: mostrar la seguridad informática del Estado en calzoncillos. Un solo ciberpirata se atribuía el golpe, “[S]” era su seudónimo, un símbolo, una letra roja con un fondo negro.
El caso llegó eventualmente al juez Luis Rodríguez y al fiscal Jorge Di Lello en Comodoro Py tras una denuncia de la Superintendencia de Bienestar de la PFA presentada el 30 de julio de este año. La información de la cuenta de Telegram que “[S]” usó para comunicarse con un pequeño grupo de contactos fue eventualmente extraída, con 41 chats y 51 contactos, seis de ellos frecuentes. Hablaba de hackeo, básicamente, de viejos ataques, de por qué hacía lo que hacía.
“El hidden service sigue up”, dijo a fines de agosto. Un periodista de Clarín le escribió con preguntas, “[S]” aseguró que realizó el ataque gracias a la poca seguridad de la Federal y para probar la poca importancia que le da el Estado a sus defensas online.
El truco que usó, si es que realmente lo hizo, fue sumamente simple.
![Una de las proclamas escritas por “[S]” tras el hackeo.](https://www.infobae.com/new-resizer/CH02OlcKeQ8vWpaWFQ52fjh_ny4=/750x0/filters:quality(100)/arc-anglerfish-arc2-prod-infobae.s3.amazonaws.com/public/5YRG535OEJBCPBFP4J4FXYKH3E.jpg)
Infobae accedió a información de la causa, con la denuncia original de la Federal. Detallaba el envío de un e-mail desde una cuenta de Hotmail a varias dependencias: no es inusual que la PFA use cuentas comerciales en vez de alojadas en servidores propios. El mail invitaba a ingresar a un link, precisamente, de la Superintendencia de Bienestar, un área crucial para los efectivos que maneja, por ejemplo, los turnos médicos en la obra social de la fuerza. El link llevaba a otra página con el escudo de la Superintendencia que pedía el ingreso de un usuario y una contraseña.
Dos efectivos ingresaron los suyos, de todos los que recibieron el mail, una maniobra de phishing según le dijo la Federal al juez Rodríguez. Luego, el hacker hizo el resto. La PFA pudo obtener algunos rastros a través de los registros de log de conexión a sus servidores, que llevaban a una dirección IP provista por una empresa de hosting en Entre Ríos, que proveyó un servicio de VPS pagado por Mercado Pago y supervisado por un programa remoto, Teamviewer. La información detrás de la cuenta de Mercado Pago y la ficha detrás del IP revelaban dos documentos de identidad distintos, uno de un hombre de 34 años sin dirección fiscal ni cuentas bancarias activas y otro de una mujer de 40 años de la zona sur del conurbano bonaerense que vende carteras por Facebook. Sus identidades, posiblemente, fueron usurpadas.
No era la primera vez que “[S]” atacaba a un objetivo del Gobierno con ese alias. El símbolo ya había sido parte del golpe de 2018 a la base de datos de la Policía de la Ciudad con el robo de información de efectivos, datos que también fueron compartidos en la Deep Web.
Ese hackeo, fue, básicamente, un acto de protesta: el hacker reivindicaba a Emanuel Vélez Cheratto, alias "Líbero”, preso en ese entonces en el penal santafesino de Las Flores, acusado de robar información de tarjetas y de ingresar por la fuerza a la base del diario El Litoral.
En algún punto de este año, Vélez Cheratto deberá responder por otra de sus cuentas pendientes. El Tribunal Oral Federal Nº7 lo enjuiciará en un proceso sin fecha de inicio definida por ser parte del hackeo en el verano de 2017 al Twitter de Patricia Bullrich para llenarlo de frases desagradables, luego de que le robaran su password con un mail de una falsa embajada boliviana, el acto de piratería online original contra el Gobierno macrista, investigado por el juez federal Sebastián Ramos con la división Delitos Tecnológicos de la Federal: el mismo truco con el que cayeron los policías de la Federal dos años después.
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Vélez Cheratto había compartido capturas de pantalla de esos mails en su cuenta de Twitter en donde se engañaba a Bullrich. La división Delitos Tecnológicos de la Policía Federal siguió el rastro hasta encontrarlo. El 16 de agosto de este año, el día que salió de la cárcel, Vélez Cheratto dio una entrevista a Infobae. Habló sobre “[S]”, entre otras cosas.
“Nunca lo conocí en persona, los que estamos en la comunidad no nos conocemos físicamente. Él se acercó a mí, me mandó las capturas para mostrarme el método y la vulnerabilidad del sistema, lo hizo por Telegram”, dijo Vélez Cheratto.
Hasta ahora, nada queda claro. Nadie puede precisar si “[S]”, que chatea con emojis cuando entra en confianza, es una sola persona, o una identidad colectiva. Hay quienes dicen conocerlo en persona, por otra parte.
Cinco meses después del mayor ataque a la seguridad informática argentina, la Justicia federal no tiene un detenido. “Ni un detenido, ni un dato clave”, se sincera un investigador. Hubo allanamientos. Al menos seis computadoras y teléfonos fueron secuestrados: el juez Rodríguez y el fiscal Di Lello esperan el comienzo de las pericias.
Obtenido de: https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2019/10/31/la-gorra-leaks-como-es-el-insolito-y-sencillo-truco-que-uso-un-hacker-para-robar-los-datos-privados-de-la-policia-federal/

ste miércoles se publicaron en el Boletín Oficial las resoluciones 4621 y 4622 del 2019 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de las cuales se equipara a las operaciones de compraventa a través de medios electrónicos de pago con las de tarjeta de crédito. De esa forma, las llamadas Billeteras Electrónicas deberán efectuar las retenciones de impuestos como IVA y Ganancias.
“En los últimos años el Banco Central de la República Argentina ha impulsado el desarrollo de nuevos medios de pago electrónicos con el objetivo de fomentar la inclusión financiera, reducir los costos intrínsecos del sistema de pagos y formalizar la economía”, señala la resolución
En ese sentido, desde la AFIP destacaron que la utilización de las nuevas plataformas tecnológicas de transferencia de fondos, “tornan necesario establecer un régimen de retención que contemple las citadas formas de pago, el que permitirá un mayor control de las operaciones realizadas, así como reducir las posibilidades de evasión”.
La implementación de los regímenes de retención de los impuestos al valor agregado y a las ganancias operará para los sujetos que administren servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros.
Incluso “a través del uso de dispositivos móviles y/o cualquier otro soporte electrónico”, y será aplicable a las liquidaciones que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios “por la utilización de dichos sistemas de pago”.
Además, serán pasibles de las retenciones los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, siempre que sean responsables inscriptos. Por el contrario, quederán excluidos del régimen los sujetos categorizados como “Micro Empresas” o como “Potenciales Micro Empresas”
Por último, el texto detalla que la Alícuota para el impuesto al valor agregado será del (0,50%, salvo cuando los pagos electrónicos de las operaciones se realicen mediante la utilización de una tarjeta de crédito y/o compra, que variarán entre el 1% y el 3% de acuerdo a la empresa. Mientras que será del 2% para los sujetos exentos o no alcanzados en el impuesto al valor agregado
Esta previsto que el nuevo régimen opera para las liquidaciones efectuadas a partir del próximo 19 de noviembre
Archivos adjuntos
- file_download Resolucion 4622/2019 (aviso_220221.pdf)
- file_download Resolucion 4621/2019 (Unknown.pdf)
Obtenido de: https://www.diariojudicial.com/nota/84830
Del 4 al 6 de noviembre se desarrollará el Cyber Monday, impulsado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico, para ventas con descuentos por Internet.

Del 4 al 6 de noviembre se desarrollará una nueva edición del Cyber Monday, que impulsa la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE) para vender productos a través de Internet con promociones y descuentos.
Por esta razón, la abogada Mariela Moncada, apoderada en Córdoba Capital de la Protectora Asociación de Defensa del Consumidor dio a conocer una serie de consejos para que los cordobeses tengan en cuenta a la hora de comprar.
Recomendaciones:
- Es ideal ir viendo y comparando precios previamente al Cyber Monday para poder comparar si es conveniente y elegir la mejor oferta.
- No todo lo que está en el cartel de oferta, esta de oferta. Hay mucho juego de marketing.
- Si se ofrece un producto con el 30% de descuento, debe informarse el precio anterior y el precio actual, con el descuento.
- Fijarse cuánto sale el producto, cuanto se cobrará de intereses por la financiación, y cuanto se terminará pagando el producto, al finalizar las cuotas.
- Cuando los precios se exhiban financiados deberá indicarse el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, la cantidad, monto de cada una de las cuotas y el costo financiero total (CFT).
- Las empresas no pueden incluir en sus anuncios o publicidades, la frase “sin interés” (o cualquier otra similar), cuando el costo de financiación del producto o servicio sea trasladado total o parcialmente al precio de venta al consumidor, entendiéndose por ello cuando el precio de contado sea inferior a la sumatoria del valor de las cuotas correspondientes al precio financiado.
- Es recomendable consultar los gastos de envío, tiempo de demora y políticas de cambio (la empresa debe respetar plazo y condiciones de entrega).
- No comprar por comprar: seamos consumidores responsables, con nuestra economía y con el planeta.
- Ingresa a sitios seguros: antes del “www” fijarse que estén las siglas “https”.
- Ser cautelosos con páginas apócrifas, cuidado con el phishing (o robo de datos), evitar ingresar a través de enlaces que se compartan.
- La página oficial es www.cibermonday.com.ar, pero hay muchas empresas que no están en la página oficial y que se suman a los descuentos. En este caso, comprobar los datos del vendedor, evitar hacer pagos por medio de deposito o transferencias bancarias, y si hay que informar los datos de la tarjeta (vía telefónica o chat) a un desconocido.
- En cuanto a la publicidad: tomar captura de pantalla (guardar información del producto ofrecido y de las condiciones de la venta), que podrá ser prueba ante algún reclamo.
- El precio publicado debe ser respetado, SIEMPRE!.
- Si la publicidad no dice nada en cuanto a impuestos y tasas se presumen incluidos.
- Se tienen 10 días de corrido desde la recepción del producto para “deshacer” la compra, devolver el producto y que le devuelvan al comprador lo que pagó.
- ¿Se puede devolver todo? Casi todo, menos: a) alimentos, b) los productos protegidos por leyes sanitarias (ejemplo: medicamentos), c) lo que fue confeccionado “a medida” o d) aquello que se pueda copiar o fotocopiar (audios, libros, etc).
- Se recomienda guarda la factura, necesaria para hacer valer la garantía.
- Todos los productos nuevos tienen garantía legal MÍNIMA de 6 meses.
Inconvenientes: cómo proceder
- Si le “duplican la compra”: se deberá “desconocer ese cargo” impugnado el resumen de la tarjeta de crédito: se cuenta con 30 días para impugnarlo.
- Si compró, y le llega un mail del vendedor avisando que canceló la compra por falta de stock, aumento de precio, etc. Esa práctica es ILEGAL y se debe realizar el reclamo.
- Si no se respetan los derechos del consumidor: hacer el reclamo a la empresa (primero). Si la empresa no soluciona el inconveniente, hacer la denuncia en defensa del consumidor.
Obtenido de: https://lmdiario.com.ar/contenido/187177/cyber-monday-los-consejos-de-la-asociacion-defensa-del-consumidor
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Contratos de consumo
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación regula las relaciones y los contratos de consumo. De esta manera, todos quedamos protegidos, porque todos somos consumidores.
Consumidores
¿Quiénes son consumidores?
Las personas que compran o usan bienes o servicios como destinatarios finales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social.Si compro cosas para revender, ¿soy consumidor?
No. Para ser consumidor tenés que ser el destinatario final del producto, es decir: no haberlo comprado para tener ganancias económicas.Para ser considerado consumidor, ¿es necesario que haya pagado por el bien?
No. Podés haberlo adquirido o usado en forma gratuita.¿Sólo pueden ser consumidores las personas humanas?
No, también pueden ser consumidores las personas jurídicas como las sociedades, las asociaciones, etc.¿Qué obligaciones generales tiene el vendedor con el consumidor?
Debe:- Darte un trato digno, equitativo y no discriminatorio.
- Respetar tu libertad de contratar.
- Darte información gratuita, clara, cierta y detallada de todas las características de los bienes o servicios, las condiciones de compra o de uso y cualquier otro dato importante.
Relación de consumo
¿Qué es una relación de consumo?
- Es un vínculo jurídico. Esto quiere decir que crea derechos y obligaciones para las partes.
- Entre un proveedor y un consumidor.
- Por la adquisición o uso de bienes o servicios.
- En forma gratuita o pagando por ellos.
En la relación de consumo, ¿el proveedor siempre tiene que ser una empresa?
No, también puede ser una persona humana que vende u ofrece un bien o servicio. Por eso, también hay relación de consumo cuando le comprás algo a otro particular, por ejemplo, por Internet.¿Puede haber relación de consumo con empresas públicas o solo con empresas privadas?
La relación de consumo puede darse también con una empresa pública. Por eso, los servicios dados por empresas del Estado también generan relaciones de consumo.Publicidad
¿Qué pasa cuando la publicidad de un producto da información que no es verdadera?
Este tipo de publicidad está prohibida cuando se refiere a datos importantes del producto o servicio. Podés pedirle a un juez que ordene levantar esa publicidad.¿Hay publicidades prohibidas?
Sí.- La publicidad que puede hacer que te equivoques sobre los elementos importantes del producto o servicio.
- La publicidad que compara bienes o servicios y por ese medio causa error en el consumidor.
- La publicidad que es abusiva o discriminatoria.
- La publicidad que lleva al consumidor a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o seguridad.
¿La publicidad obliga al proveedor?
Sí. Todos los datos incluidos en una publicidad -en anuncios, afiches, folletos, etc.- se consideran parte del contrato de consumo y obligan al proveedor.Contratos por medios electrónicos
¿Es posible hacer contratos de consumo por internet?
Sí. El nuevo Código Civil y Comercial habla de ese tipo de contratos bajo el nombre ¨medios electrónicos¨. También están incluidos los contratos celebrados por teléfono y por cualquier otro medio que signifique que no hay presencia física de las partes del contrato en el mismo lugar y a la vez.¿El deber de información del proveedor es igual que en el resto de los contratos?
No, en estos casos el deber de información es mayor. Tiene que tener:- Todos los datos necesarios para usar correctamente el medio electrónico que estás usando para contratar.
- Todos los datos necesarios para comprender los riesgos de la contratación por ese medio electrónico.
- Los datos necesarios para que tengas claro quién asume esos riesgos.
- Información sobre tu derecho a dejar sin efecto el contrato.
Arrepentimiento
¿Qué hago si compro algo por medios electrónicos y luego me arrepiento?
Tenés derecho a arrepentirte dentro de los 10 días. No pueden limitar tu derecho. Por eso, cualquier limitación a esta facultad de arrepentirte se considera no escrita.¿Hay alguna excepción al derecho de arrepentirme?
Sí. No podés arrepentirte si compraste por medios electrónicos:- Productos personalizados o hechos con tus indicaciones.
- Productos que se deterioran rápido o que por su naturaleza no pueden ser devueltos.
- Grabaciones sonoras o de video, discos o programas informáticos.
- Diarios y revistas.
Cláusulas abusivas
¿Qué son las cláusulas abusivas?
Las cosas escritas en un contrato que perjudican al consumidor porque lo ponen en una situación de debilidad frente al vendedor. Por ejemplo:- Las que dicen que en caso de atraso en el pago se cobrará un recargo ¨a determinar¨ y no indican el monto de ese recargo.
- Las que establecen que para hacer un reclamo el consumidor debe probar que no recibió el bien o servicio en el momento pactado.
- Las que indican que, en caso de conflicto, el consumidor deberá presentarse ante el juez del lugar que indique la empresa.
¿Qué pasa si el contrato contiene ese tipo de cláusulas?
Esas cláusulas no tienen validez. Es como si no estuvieran escritas.Me dicen que el contrato que firmé no es abusivo porque está autorizado por un organismo estatal, ¿puedo pedir igual su control ante un juez?
Sí. El Código es claro al respecto: los contratos pueden ser controlados por un juez aun cuando hayan sido aprobados por alguna autoridad administrativa.Contratos por adhesión
¿Qué debo saber sobre los contratos que ya están escritos, por ejemplo, en un formulario impreso?
Esos contratos se llaman ¨contratos por adhesión¨ porque vos no participás en la redacción del contrato: sólo adherís con tu firma. Tené en cuenta que:- Deben tener redacción clara y fácilmente legible.
- En ningún caso pueden relacionarse con otros documentos que no te entreguen.
- Si negociás alguna cláusula particular que se contradice con las cláusulas generales ya escritas, vale la cláusula que negociaste.
- Cualquier cláusula poco clara debe interpretarse en contra de la parte que redactó el contrato.
¿Tengo alguna posibilidad de conocer el contrato de adhesión antes del momento en que debo decidir si lo firmo o no?
Sí. La ley obliga a las empresas que hacen este tipo de contratos a:- Publicarlos en su página web.
- Darle un modelo del contrato a cada consumidor que lo pida. Los consumidores no tienen que pagar nada por recibir un modelo. Los contratos tienen que estar a disposición en los locales comerciales.
- Mostrar en sus locales comerciales un cartel que debe decir: "Se encuentra a su disposición un ejemplar del modelo de contrato que propone la empresa a suscribir al momento de la contratación".
Modelo de Demanda por incumplimiento de servicio público contratado.
Bajar Modelo de Demanda por incumplimiento de servicio público contratado
Obtenido de:
http://www.derechofacil.gob.ar/leysimple/contratos-de-consumo/
https://aldiaargentina.microjuris.com/2019/10/30/modelo-de-demanda-por-incumplimiento-de-servicio-publico-contratado-2/?utm_source=email_marketing&utm_admin=45919&utm_medium=email&utm_campaign=Novedades_Microjuris_al_Da_Boletn_Diario_del
WhatsApp es desde hace tiempo la aplicación de mensajería más popular en gran parte del mundo. Tanto es así, que se ha convertido en el medio más utilizado cuando queremos contactar con alguien desde nuestro teléfono móvil, incluso más que las propias llamadas. Pero como todo aquello que cobra gran protagonismo y popularidad, se ha convertido también en el punto de mira de todos aquellos que tratan de aprovecharse de este éxito para tratar de distribuir todo tipo de virus o malware y conseguir llegar a muchas víctimas con menos esfuerzo. Es por esto, que debemos tener mucha precaución con todo aquellos que recibimos a través de la app de mensajería propiedad de Facebook. Estos son los virus más peligrosos que podemos recibir por WhatsApp en nuestro teléfono móvil.
Cuidado con todas estas estafas o virus de WhatsApp que puedes recibir en tu móvil
Si no queremos tener un problema con nuestra privacidad y seguridad, es conveniente que tengamos mucho cuidado con los sitios que visitamos cuando navegamos por Internet y todo tipo de enlaces, imágenes o archivos que recibamos por correo electrónico o por WhatsApp. Cualquiera de ellos, por muy inofensivo que parezcan, pueden causarnos serios problemas de robo de datos, suplantación de la identidad y todo lo que ello puede suponer.
Pueden hackear tu WhatsApp con una simple llamada
Mantener nuestro sistema operativo así como todas las apps que tengamos instaladas en nuestro móvil o cualquier otro dispositivo siempre es una gran medida para estar protegidos de cualquier ataque, virus o malware. En el caso de Whatsapp esto no es una excepción y tal y como hemos visto justo antes de verano, una grave vulnerabilidad en la aplicación de mensajería ponía en riesgo nuestra seguridad.
Este fallo permitía a los hackers instalar spyware en nuestro móvil con el simple hecho de hacer una llamada. Una vulnerabilidad que posteriormente fue resuelta por parte de la compañía, pero que podríamos seguir expuestos a que alguien la explotase en nuestro teléfono si no tenemos WhatsApp correctamente actualizado. Comprueba que tengas siempre la última versión de WhatsApp instalada en tu teléfono.
Cuidado con este malware para espiar WhatsApp y robar tus fotos
Uno de los malware o virus de WhatsApp más populares es ZooPark y todas sus versiones. En un primer momento este malware fue diseñado para robar ciertos detalles de las cuentas registradas en nuestro dispositivo y de la agenda de contactos, pero posteriormente evolucionó y aumentó sus capacidades.
Concretamente, ZooPark es un virus para dispositivos Android que puede espiar nuestro móvil, incluyendo todas nuestras conversaciones de WhatsApp. Además, entre sus funciones está la posibilidad de tomar fotos, vídeo, audio o capturas de pantalla, acceder a los datos del portapapeles, historial de navegación o incluso robar nuestras fotos y vídeos almacenados en la memoria de nuestro teléfono sin que seamos consciente de ello.
Virus de WhatsApp que espía nuestras conversaciones
Es posible que hayas oído hablar alguna vez de Tizi, un malware o virus capaz de espiar a los usuarios de Android y en consecuencia, puede también robar cierta información de WhatsApp y otras apps. Se trata de un spyware que se ha estado distribuyendo desde hace ya unos años a través de la propia tienda de aplicaciones de Google o apps de terceros.
Entre las capacidades de este virus de WhatsApp hay que destacar que se trata de un spyware que puede grabar las llamadas de WhatsApp o espiar nuestras conversaciones. Por lo tanto, siempre es recomendable saber muy bien qué apps instalamos y si su desarrollador o fuente es de fiar.
Virus oculto detrás de una falsa actualización de WhatsApp
Recientemente fue detectado un virus de WhatsApp camuflado en una actualización de la app de mensajería. De esta forma, muchos usuarios fueron infectado con el malware Brata, capaz de espiar todo lo que hacen sus víctimas puesto que se encargaba de realizar un espejo de la pantalla de su dispositivo. De esta manera, podía tener información confidencial de ellos, acceso a sus cuentas, mensajes, etc.
Aunque lo cierto es que esta actualización falsa de WhatsApp se eliminó de Google Play Store, desde la empresa de seguridad que lo detectaron se indicó tener extremada precaución con este tipo de técnicas, ya que podrían llegarnos por otros medios pero con el mismo fin.
Virus de WhatsApp camuflado en un GIF
Hace muy poco el INCIBE alertó de una vulnerabilidad en WhatsApp que estarían explorando ciertas imágenes con formato GIF manipuladas de forma malintencionada. Concretamente, estos GIFs eran capaz de instalar un malware en nuestro móvil después de recibirlos y abrirlos a través de WhatsApp.
Con este software instalado en el móvil, los atacantes podían grabar vídeo o audio, leer nuestros mensajes o robar archivos guardado en nuestro teléfono. Un fallo descubierto por un analista de seguridad y para el que se recomienda tener la app de mensajería debidamente actualizada.
Virus por WhatsApp a través de mensajes con archivos Word, Excel o PDF
En varias ocasiones hemos sido alertados también de la circulación a través de WhatsApp de archivos Excel, Word o PDF que, lejos de ser archivos normales, al abrirlos podríamos ser víctimas de una estafa si facilitamos ciertos datos como contraseñas, PIN de nuestro móvil o acceso a nuestra cuenta bancaria. Por lo tanto, mucho ojo a este tipo de archivos que nos puedan mandar por WhatsApp a pesar de que sea alguno de nuestros contactos de confianza quien nos lo envía.
Falsos sorteos de productos como el nuevo iPhone
Hace poco ha circulado un mensaje aparentemente promovido por una conocida tienda de productos informáticos que un supuesto sorteo para conseguir el nuevo iPhone con motivo de su vigésimo aniversario. Este mensaje lo único que quería es capturar ciertos datos de sus víctimas para robar sus cuentas o inscribirles en servicios premium SMS. Por lo tanto, mucho cuidado con este tipo de mensajes que pueden circular por WhatsApp.
Cupones falsos de diferentes tiendas o establecimientos
En numerosas ocasiones se han utilizado como reclamo para múltiples estafas los cupones de descuento de ciertas cadenas de establecimientos, franquicias o tiendas como Zara, McDonald’s, Mercadona, Lidl, etc.
Por lo tanto, si recibimos un cupón de descuento o con dinero de regalo en cualquier tienda o establecimiento, debemos evitar hacer clic en cualquier enlace que venga junto al mensaje y mucho menos, dar los datos de nuestra tarjeta o similares.
La famosa estafa de Internet gratis sin WiFi en WhatsApp
Otra de las campañas fraudulentas más sonada y repetida es la del servicio de Internet gratis. La promoción ha circulado en varias ocasiones y como muchos de estos tipos de fraudes o virus de WhatsApp, nunca podemos descartar que no vayan a volver.
En esta ocasión, el mensaje es Internet gratis, lo cual es un gran gancho. Sin embargo, el método utilizado ya hace sospechar de que no es algo muy verídico, ya que solicita que compartamos el mensaje con 13 amigos o varios grupos. Si seguimos el procedimiento, esto nos llevará a páginas fraudulentas cargas de virus que se instalarán en nuestro móvil con distintos objetivos.
WhatsApp GOLD y WhatsApp Spy
Es uno de los virus de WhatsApp o estafas asociadas a la famosa app de mensajería más popular. Sin embargo, esto no quita para que no se repita una y otra vez. Después de que apareciera por primera vez hace años, este mismo año ya hemos visto como la estafa relacionada con WhatsApp Gold a circulado por miles o millones de dispositivos.
Para los más despistados, WhatsApp Gold es la versión que se hace pasar como versión Premium de la famosa aplicación de mensajería y que aporta nuevas funciones bastante atractivas. Pero nada más lejos de la realidad, ya que esto hará que seamos víctimas de todos tipo de virus que pongan en riesgo nuestra privacidad y seguridad en el móvil.
Por su parte, el gancho de WhatsApp Spy también ha sido repetido en varias ocasiones. En esta ocasión, WhatsApp Spy promete ser la aplicación que a todo el mundo le gustaría tener para espiar el WhatsApp de cualquier persona. Pero no, no es ni mucho menos lo que esperábamos y nos puede causar muchos problemas si intentamos descargar cualquier app de este tipo.
Viejo timo del SMS de WhatsApp
En varias ocasiones la Policía nos ha advertido de la distribución masiva del timo del SMS de WhatsApp. Una estafa que lleva a través de un SMS y en el que se nos reclama pinchar sobre un enlace para verificar el dispositivo. Un mensaje que, por supuesto, es falso y que debemos borrar sin hacer nada cuanto antes.
Cuentas premium de Spotify a través de WhatsApp
No, por mucho que nos pese, no podemos conseguir una cuenta Premium de Spotify de forma gratuita gracias a cualquier mensaje o enlace que recibamos a través de WhatsApp. Un mensaje que como no podía ser de otra forma, llega acompañado de un enlace que será el que nos lleve a ser víctima de las múltiples estafas y virus que se pueden distribuir a través de este tipo de enlaces. Software malicioso, webs falsas que nos solicitan datos personales y en definitiva, todo tipo de virus por WhatsApp.
SMS «Saludos de WhatsApp»
Otro mensaje peligroso que podemos recibir en nuestro móvil es el famoso SMS con el texto «Saludos de WhatsApp«. Aunque lo cierto es que a primera vista no puede parecer peligroso, lo que ocurre al abrir el SMS y tocar sobre el link que contiene es que estaremos dado acceso a los desarrolladores de este virus a nuestra aplicación de mensajería.
Por lo tanto, podrán tener acceso a nuestros datos, contactos, conversaciones, etc. Se recomienda borrar este mensaje sin abrirlo y mucho menos tocar sobre el enlace que va adjunto al mismo.
Fraude con la devolución de un importe por parte de la Seguridad social o Hacienda
Descubierto por el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, algunas personas han recibido un mensaje a través de WhatsApp con la excusa de devolverles un importe pendiente con algunas entidades como la propia Seguridad Social o Hacienda. Si la víctima sigue las indicaciones que se les da, los ciberdelincuentes intentarán realizar un cobre sobre el medio facilitado.
Vuelos y hoteles gratis
No es la primera ni la última vez que circulan por WhatsApp como la pólvora los mensajes que informan de la posibilidad de conseguir billetes de vuelo o noches de hotel gratis. Mensajes que van acompañados de enlaces que nos llevarán a sitios webs con ninguna buena intención.
Algunos de los mensajes que ya conocemos venían de parte de compañías de vuelo como Singapore Airlines, Lufthansa, Ryanair, por lo que no se descarta que se puedan volver a repetir con estas u otras compañías, al igual que ocurre con algunas cadenas de hoteles.
Falso mensaje de la Policía
En varias ocasiones desde que apareciera por primera vez en 2016 se ha repetido el mensaje falso que nos llega a través de WhatsApp con una citación a interrogatorio que incluye el logo del Ministerio del Interior e incluso un número de expediente para que parezca aún más real. Un mensaje que contiene un troyano que tratará de capturar nuestras contraseñas del correo o acceso a nuestro banco y que la Policía ya ha advertido en numerosas ocasiones que no debemos abrir, sino borrar cuanto antes.
Estafa piramidal con Bizum en WhatsApp
El método de difusión es a través de los grupos de WhatsApp, donde un vídeo y un texto que hablan de un movimiento de economía solidaria o también llamado sistema circular de financiación entre particulares. Algo que no consisten en otra cosa que en «hacerse regalos» entre unos y otros para ganar dinero sin esfuerzo.
Para ello se explica que hay que empezar invirtiendo 33 euros e invitar a dos personas en los dos primeros días. Dos días después se recuperan los 33 euros y si la cadena sigue, al octavo día aseguran recibir un regalo de nada más y nada menos que de 1.848 euros. En el propio vídeo se habla que las transferencias se pueden hacer por cuenta bancaria, Paypal o Bizum, que en este caso es el más común. Por lo tanto, ni caso a este tipo de vídeos y mensajes, y mucho menos cuando nos soliciten dinero.
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Un ácido resultado - Amparo de Salud.

La sentencia de instancia hizo lugar a la acción de amparo promovida por la afiliada contra el Instituto de Seguridad Social del Neuquen, tendiente a obtener la cobertura de ácido hialurónico, prescripto por su médico tratante. En la demanda, la actora explicó que padece artrosis de rodilla y que, por tal motivo, su médico tratante, especialista en reumatología, le prescribió la aplicación de ácido hialurónico en la rodilla izquierda. Tal prescripción fue ratificada por el traumatólogo.
El demandado apeló el pronunciamiento en los autos “D. L. S. H. C/ Instituto de Seguridad Social del Neuquén s/ Acción de Amparo". Puntualmente, la obra social sostuvo que “no existe evidencia científica que recomiende y justifique médicamente el uso del ácido hialurónico”.
En este escenario, el Tribunal de Alzada explicó que “no surge de las actuaciones llevadas a cabo en esta instancia o en la administrativa, que la medicación elegida por el médico tratante sea la única opción terapéutica válida en razón de la patología, e insisto, tampoco se ha acreditado en forma fehaciente el beneficio que reportaría al paciente el suministro del medicamento sobre alguno de los tratamientos clínicos o farmacológicos, expresamente autorizados”.
Del análisis de las actuaciones administrativas, los jueces tampoco advirtieron que “se haya cumplimentado acabadamente los extremos para la procedencia de la vía excepcional de autorización”.
Destacaron, además, que no hubo negativa terminante y arbitraria por parte de la obra social, sino que se requirió la justificación de la prestación diferenciada, la evidencia científica y la necesidad de cobertura de una prestación no reconocida en el nomenclador.
“No sólo no se ha acreditado la eficacia del tratamiento, su justificación médica mediante evidencia científica y la inaplicabilidad de otros procedimientos, sino que siquiera existen elementos que lleven a considerar que el costo del medicamento solicitado, no pueda ser afrontado en forma particular y por lo tanto, le sea privativo”, continuó el fallo.
Destacaron, además, que no hubo negativa terminante y arbitraria por parte de la obra social, sino que se requirió la justificación de la prestación diferenciada, la evidencia científica y la necesidad de cobertura de una prestación no reconocida en el nomenclador. También requirió que se justificara el “porqué de la ampliación en este caso y porqué la práctica reconocida no solucionaba su problema de salud”.
Y concluyeron: “En virtud de lo expuesto, considero que no resultaba procedente imponer en forma coactiva a las obras sociales y/u otros prestadores de salud, la cobertura de costosos tratamientos (…) puesto que conllevaría a privilegiar desmesuradamente el interés individual de un afiliado en desmedro del interés social”.
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